En el tránsito hacia las reformas educativas inclusivas se ha
recorrido un vasto camino. Es en la Conferencia de 1990 de la UNESCO en Jomtien
(Thailandia) que se promeve la idea de una Educación para todos, configurándose
así el germen de la idea de inclusión.
A raíz de esa primera Conferencia, la conciencia sobre la
exclusión y las desigualdades que la misma produce se expande de tal modo que
tan sólo cuatro años después, en la Conferencia de Salamanca, se da una
adscripción a esa idea de manera casi generalizada como principio y política
educativa. Allí, un total de países y 25
organizaciones internacionales vinculadas a la educación asumen la idea de
desarrollar o promover sistemas educativos con una orientación inclusiva.
En la declaración de Salamanca, la orientación inclusiva se asume
como un derecho de todos los
niños, de todas las personas, no sólo de aquellos calificados como
personas con Necesidades Educativas Especiales (NEE), vinculando la inclusión
educativa entonces a todos aquellos alumnos que de un modo u otro no se
benefician de la educación. El concepto de inclusión pasa a formar parte de las
preocupaciones habituales de profesionales de muy diversos ámbitos. La
exclusión es un problema de alcance mundial, y es, un problema de índole
social, no sólo institucional, educativa o familiar.
Fue en el
ámbito de la Educación Especial donde surge la conciencia inicial sobre el
proceso de inclusión. La forma más común en que la educación ha afrontado la
diversidad se ha basado en el intento de ordenación y tratamiento diferenciado
de la misma.
La exclusión se define como la
negación del derecho a la educación. En una primera etapa educativa se puede hablar
de la exclusión, de hecho o de derecho, de la escuela de todos aquellos grupos no
pertenecientes a la población específica a la que se dirigía la misma en sus
inicios: una población urbana, burguesa y con intereses en los ámbitos
eclesiástico, burocrático o militar. En ese momento inicial, en el que la escuela
cumple la función social de preparar a las élites, los campesinos, las personas
de las clases trabajadoras, las mujeres, los grupos culturales marginales
no tenían derecho a la escolarización.
A esta situación educativa le
acompañaba una situación social, también excluyente que se refleja en la
explotación laboral a que se sometía a las personas de las clases trabajadoras,
y a la situación de discriminación de mujeres y grupos culturales distintos al
dominante.
La segregación se define como el
reconocimiento del derecho a la educación diferenciada según grupos, esta es la
segunda etapa educativa, donde se produce la incorporación de algunos
colectivos a la sociedad pero en condiciones segregadoras.
Las reformas integradoras suponen
realmente una fuerte conmoción y un cambio de dirección importante en el
reconocimiento del derecho a la educación. La primera de estas reformas
(iniciada en los años cincuenta), la conocida como reforma comprehensiva de la enseñanza,
incorpora a los distintos sectores socioeconómicos de la población en una única
escuela básica y de carácter obligatorio, y elimina los dispositivos arbitrados
hasta entonces para justificar la selección de alumnos". La mujer también
se incorporó a la escuela desde las reformas coeducativas. Por último, en torno
a los años sesenta, se produce también el proceso de integración de los alumnos
con necesidades educativas especiales en la escuela ordinaria (en nuestro país éste
es un proceso que se dilata hasta mediados de los ochenta).
En esta fase de reformas
integradoras, las políticas educativas que se mantienen sectorizadas por grupos
de población comparten el reconocimiento de la igualdad de oportunidades ante
la educación, pero limitando esa igualdad únicamente al acceso a la educación.
Las reformas inclusivas suponen
revisar el compromiso y el alcance de las reformas integradoras previas,
tratando de construir una escuela que responda no sólo a las necesidades
«especiales» de algunos alumnos, sino a las de todos los alumnos.
La inclusión supone una nueva
ética, un marco de referencia más amplio sobre los derechos de las personas que
el mantenido desde las reformas integradoras.
La introducción del concepto de
justicia social conlleva pensar en los excluidos como seres humanos con
derechos, y en la sociedad como institución con obligaciones de justicia hacia
ellos.
La exclusión de las instituciones educativas
se ve desde esta perspectiva ética, como un acto de discriminación, que es
equivalente a la opresión social por motivos de pertenencia a grupos
minoritarios, étnicos, de género o clase social. Y contra la opresión se
plantea una única alternativa: resistir y reclamar los derechos de las
personas.
El modelo social, que surge como
respuesta a la concepción y modelo médico de explicación de la discapacidad,
plantea la influencia social en el proceso que lleva a crear identidades
discapacitadas, a través de una sociedad que es en sí misma discapacitadora y que legitima una visión negativa de las
diferencias. Las nuevas cuestiones y retos que plantea este modelo son: •
Depurar y aclarar las responsabilidades sociales en la creación y desarrollo de
la discapacidad. • Reconsiderar a las personas con discapacidad como ciudadanos
con derechos.
• Volver a situar el papel y
sentido de la investigación social y educativa en torno a la discapacidad.
La perspectiva organizativa: La
construcción institucional de la Organización inclusiva. Es ésta una
perspectiva amplia que aglutina un número importante y variado de tendencias y
enfoques dentro de sí, pero que en todo caso defiende el carácter global e institucional
del proceso inclusivo en la escuela.
La organización educativa
inclusiva se plantea desde este marco como aquella que afronta la inclusión como
proyecto global, que afecta a la institución en su conjunto
Tres tendencias o corrientes
teóricas, dentro del planteamiento inclusivo, resumen las aportaciones y
trabajos realizados bajo esta perspectiva: La tendencia o enfoque de las
denominadas escuelas adhocráticas, las propuestas enmarcadas en las denominadas
escuelas heterogéneas, las propuestas enraizadas en el movimiento de escuelas
eficaces para todos.
La perspectiva comunitaria: la
escuela como comunidad de apoyo. Se parte del reconocimiento de la institución
educativa (de sus profesores, alumnos, de otros miembros de la comunidad, de
los recursos ocultos a los ojos de la escuela, etc.) como comunidad con
autonomía para afrontar colaborativa y creativamente la inclusión.
Hay dos grandes líneas de desarrollo
desde estos planteamientos que merece la pena destacar:
Los trabajos que proponen la
creación de grupos de trabajo o apoyo entre profesores, las propuestas que
insisten en el fomento de las redes naturales de apoyo en el aula.
La perspectiva comunitaria está
suponiendo en la escuela inclusiva la asunción de que la función de apoyo está inmersa
en cualquier estamento, grupo o sector educativo, entendiendo y asumiendo el
apoyo como una función inherente al desarrollo de la escuela, sin limitarlo a
personas determinadas, dirigirlo a colectivos concretos o ceñirlo a contextos específicos
de intervención, lo que dotaría al mismo de un carácter excluyente.
La perspectiva investigadora: La
emancipación como camino hacia la inclusión. Esta perspectiva parte de una fuerte
crítica al carácter excluyente y opresivo que se atribuye a la investigación
tradicional. La inclusión plantea a la vez que nuevas relaciones entre
investigadores y personas con discapacidad (basadas en la igualdad y la
solidaridad), una metodología alternativa en la investigación sobre
discapacidad dirigida a hacer oír las voces de las personas discriminadas y excluidas
de la sociedad o de la escuela, así como a garantizar su participación.
Que lindo =)
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